Hasta
480€
en compensación
Por ser cliente Orange, tus pagos están protegidos
Tu nueva tarifa de Fibra 1línea + Orange TV o Go Ilimitada, incluye sin coste adicional una protección de pagos para ayudarte económicamente ante determinados imprevistos.
*Importe máximo por siniestro. Se abona un único siniestro por anualidad.
Hasta
480€
en compensación
¿Qué cubre el seguro de Protección de pagos de Orange?
Protección cuando más la necesitas, si un imprevisto hace que dejes de trabajar, estés atravesando un proceso de divorcio o un nacimiento múltiple, estaremos a tu lado.
Te aseguramos una compensación de hasta 480€ para que puedas afrontar ese momento con más tranquilidad, en un pago único o en pagos escalonados, según la cobertura.
Desempleo
Te cubrimos en caso de que pierdas tu empleo de forma involuntaria.
Incapacidad temporal
Te protegemos ante una baja laboral por enfermedad o accidente que te impida trabajar.
Hospitalización
Te cubrimos durante periodos en los que tengas que permanecer hospitalizado.
Divorcio
Te apoyamos en caso de que estés en un proceso de divorcio.
Nacimiento Múltiple
Te cubrimos en caso de que tengas dos o más hijos en el mismo parto, o menores adoptados o acogidos.
Se abona un único siniestro por anualidad de seguro, con independencia de la cobertura afectada.
Documento de Certificado de Adhesión IndividualCon la tranquilidad de estar en buenas manos, en Orange trabajamos con una de las aseguradoras líderes del país para ofrecerte un seguro claro, fácil de entender y de usar. Con las coberturas que realmente necesitas, incluidas en tu tarifa.
Desempleo Involuntario
Si pierdes tu trabajo de forma involuntaria, te ayudamos a afrontar tus pagos con hasta 480€, en 4 pagos de 120€ mientras encuentras un nuevo empleo.
Una vez transcurridos 2 meses desde la fecha de adhesión al seguro, que coincide con la activación de tu tarifa, y alcanzados 30 días consecutivos en situación de desempleo, comenzarás a recibir la prestación.
Recibirás hasta 4 pagos de 120€ (al alcanzar los 30 días, los 150 días, 270 días y 360 días) durante un mismo desempleo, siempre que continúes en esta situación. Entre las garantías de Desempleo, Incapacidad Temporal y Hospitalización se abonará un máximo de 960€ durante toda la vigencia del seguro.
Información importante
- Para trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido, con jornada no inferior a 25 horas semanales y cotización en el Régimen General de la Seguridad Social. No cubre a funcionarios públicos.
- Mínimo 6 meses continuos en la empresa en la que causes baja.
- Solo se abona un siniestro por anualidad de seguro. Una vez pagada una prestación por cualquiera de las cinco coberturas, no se abona ninguna otra durante esa misma anualidad, aunque corresponda a una cobertura distinta.
- Debes estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y percibir la prestación por desempleo en su nivel contributivo. Si optas por cobrarla en forma de pago único, no hay cobertura.
- Los trabajadores fijos discontinuos están cubiertos por esta garantía en sus periodos de actividad.
- Para volver a utilizar la cobertura debes haber estado vinculado a una nueva relación laboral por cuenta ajena durante al menos 180 días ininterrumpidos y haber superado el periodo de prueba.
- La cobertura se extingue cuando cumples 67 años, cesas toda actividad profesional remunerada o accedes a la jubilación o prejubilación.
- La situación de desempleo debe estar reconocida por un organismo español.
No están cubiertos, entre otros: el cese voluntario, el despido declarado procedente, la finalización de contrato temporal o de obra y servicio, la extinción durante el periodo de prueba, la jubilación y la prejubilación, ni el despido sin derecho a prestación contributiva del SEPE.
Consulta las Condiciones Generales para conocer todas las exclusiones, límites y requisitos de la cobertura.
Incapacidad temporal
Si una enfermedad o un accidente te impide trabajar temporalmente, este seguro te ayuda a afrontar tus pagos mientras estés de baja.
Una vez que la baja alcance 30 días consecutivos, comenzarás a recibir la prestación de 120€. El resto de pagos de 120€ los recibirás siempre que sigas en situación de incapacidad temporal a los 150, a los 270 y a los 360 días.
Las bajas de menos de 30 días no generan prestación. Cada pago es de 120€, hasta un total de 480€ por baja.
Recibirás hasta 4 pagos durante una misma baja, siempre que continúes en situación de incapacidad temporal. Entre las garantías de Desempleo, Incapacidad Temporal y Hospitalización se abonará un máximo de 960€ durante toda la vigencia del seguro.
Información importante
- Para trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena, incluidos contratos temporales, indefinidos no cubiertos por la garantía de Desempleo Involuntario y funcionarios.
- Carencia inicial de 1 mes desde la fecha de adhesión al seguro, que coincide con la activación de la tarifa Orange que te da acceso al seguro. Si la incapacidad temporal se debe a un accidente, no se aplica esta carencia.
- Solo se abona un siniestro por anualidad de seguro. Una vez pagada una prestación por cualquiera de las cinco coberturas, no se abona ninguna otra durante esa misma anualidad, aunque corresponda a una cobertura distinta.
- Para volver a utilizar la cobertura, debes haber estado 180 días en situación de alta en tu régimen de la Seguridad Social si se trata de la misma enfermedad, 30 días si es una enfermedad distinta, y no hay carencia entre bajas si la causa es un accidente.
- El derecho al cobro cesa cuando puedes reanudar o reanudas tu actividad, aunque sea de forma parcial y aunque no hayas alcanzado la curación completa.
- La cobertura se extingue cuando cumples 67 años, cesas toda actividad profesional remunerada o accedes a la jubilación o prejubilación.
- La incapacidad temporal debe estar reconocida por un organismo oficial español.
Consulta las Condiciones Generales para conocer todas las exclusiones, límites y requisitos de la cobertura.
Hospitalización
Si necesitas ser hospitalizado por una enfermedad o un accidente, este seguro te ayuda a afrontar tus pagos mientras estés ingresado.
Cuando la hospitalización alcance 7 días consecutivos, comenzarás a recibir la prestación. El resto de pagos de 120€ los recibirás siempre que sigas hospitalizado a los 30, a los 60 y a los 90 días. Las hospitalizaciones de menos de 7 días no generan prestación. Cada pago es de 120€, hasta un total de 480€ por hospitalización.
Recibirás hasta 4 pagos durante una misma hospitalización, siempre que continúes ingresado. Entre las garantías de Desempleo, Incapacidad Temporal y Hospitalización se abonará un máximo de 960€ durante toda la vigencia del seguro.
Información importante
- Para mayores de 18 años con residencia fiscal en España que no estén cubiertos por las garantías de Desempleo Involuntario o Incapacidad Temporal. También incluye a trabajadores fijos discontinuos durante sus periodos de inactividad. Si trabajas por cuenta ajena o eres autónomo, tu cobertura es la de Desempleo Involuntario o la de Incapacidad Temporal, según tu situación.
- Hospitalización por enfermedad: la cobertura está disponible hasta cumplir los 70 años.
- Hospitalización por accidente: la cobertura se amplía hasta los 100 años.
- Carencia inicial de 1 mes desde la fecha de adhesión al seguro, que coincide con la activación de la tarifa Orange que te da acceso al mismo. Si el ingreso se debe a un accidente, no se aplica esta carencia.
- Solo se abona un siniestro por anualidad de seguro. Una vez pagada una prestación por cualquiera de las cinco coberturas, no se abona ninguna otra durante esa misma anualidad, aunque corresponda a una cobertura distinta.
- Para volver a utilizar la cobertura, deben transcurrir desde el alta hospitalaria anterior 90 días si se trata de la misma enfermedad, 30 días si es una enfermedad distinta y no hay carencia entre hospitalizaciones si la causa es un accidente.
- Se entiende por hospitalización el ingreso de más de 24 horas en un hospital, clínica o sanatorio, público o privado, en condición de paciente y con la finalidad de recibir tratamiento médico o quirúrgico.
- No se consideran establecimiento hospitalario a estos efectos las clínicas de tratamiento de enfermedades mentales, psicológicas o psiquiátricas, las residencias de ancianos, los centros de día, los centros de tratamiento de adicciones, ni las clínicas de tratamientos naturales, termales, de masajes, estéticos o de adelgazamiento.
- El derecho al cobro cesa en el momento en que obtienes el alta hospitalaria.
- Esta cobertura tiene ámbito mundial.
No están cubiertas, entre otras: las enfermedades diagnosticadas o tratadas en los 12 meses anteriores al inicio de la cobertura, los ingresos por enfermedades psiquiátricas y mentales, el dolor lumbar o cervical sin prueba médica objetiva, el parto y la interrupción voluntaria del embarazo, las curas de reposo o termales, las intervenciones estéticas no esenciales, y los ingresos producidos bajo los efectos del alcohol o las drogas.
Consulta las Condiciones Generales para conocer todas las exclusiones, límites y requisitos de la cobertura.
Divorcio
Si tu matrimonio termina en divorcio, este seguro te ayuda a afrontar los gastos que puedan surgir en este momento.
Una vez transcurridos 6 meses desde la fecha de adhesión al seguro, la resolución judicial de divorcio dará derecho a recibir un pago único de 480€.
Información importante
- El divorcio debe producirse mediante sentencia judicial firme que disuelva el vínculo matrimonial, ya sea a petición de ambos cónyuges o de uno de ellos. Solo cubre matrimonios: las parejas de hecho no están incluidas.
- Un único pago de 480€ tras la sentencia judicial firme de divorcio, siempre que se cumplan las condiciones de la póliza.
- No están cubiertos los divorcios cuyo escrito de demanda, solicitud reiterada o citación judicial se haya registrado en el órgano competente antes de la fecha de adhesión al seguro.
- Solo se abona un siniestro por anualidad de seguro. Una vez pagada una prestación por cualquiera de las cinco coberturas, no se abona ninguna otra durante esa misma anualidad, aunque corresponda a una cobertura distinta.
- El divorcio debe estar reconocido por un organismo judicial español.
Consulta las Condiciones Generales para conocer todas las exclusiones, límites y requisitos de la cobertura.
Nacimiento Múltiple
Si tienes dos o más hijos en un mismo parto, este seguro te ayuda a afrontar los nuevos gastos que pueden surgir en este momento.
La cobertura también incluye la adopción o acogimiento de dos o más menores cuando se produzcan de forma simultánea.
Una vez transcurridos 6 meses desde la fecha de adhesión al seguro, tendrás derecho a recibir un pago único de 480€ cuando se produzca el nacimiento, la adopción o el acogimiento.
Información importante
- Un único pago de 480€. La fecha del hecho causante es la del parto, la de la resolución judicial que constituye la adopción, o la de la decisión administrativa o judicial de acogimiento.
- No existe un periodo de espera adicional una vez cumplida la carencia inicial.
- Solo se abona un siniestro por anualidad de seguro. Una vez pagada una prestación por cualquiera de las cinco coberturas, no se abona ninguna otra durante esa misma anualidad, aunque corresponda a una cobertura distinta.
- Esta cobertura tiene ámbito mundial.
No están cubiertos los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos antes de la fecha de efecto del seguro o durante el periodo de carencia.
Consulta las Condiciones Generales para conocer todas las exclusiones, límites y requisitos de la cobertura.
¿Qué tengo que hacer en caso de siniestro?
Reclamar tu indemnización es tan fácil como seguir estos tres sencillos pasos.
Escríbenos un correo electrónico
En caso de siniestro, llámanos al 911 354 106 o escríbenos a siniestros@proteccionpagos.zurich.com para realizar la solicitud.
Presenta los documentos que se soliciten para cada caso
Deberás facilitar los documentos que se soliciten para cada caso concreto, informe hospitalario, acreditación del desempleo... depende de lo que te haya ocurrido.
Recibe la indemnización
Una vez comprobado que cumples con los requisitos de la cobertura, recibirás el dinero en tu cuenta. En las coberturas de Desempleo, Incapacidad Temporal y Hospitalización recibirás hasta cuatro pagos escalonados, siempre que sigas en esa situación en cada uno de los plazos.
Todo sobre el seguro de Protección de pagos
¿Qué coberturas ofrece el seguro?
El seguro de Protección de Pagos te compensa económicamente cuando una situación imprevista te impide trabajar o afrontar un cambio importante en tu vida.
Cubre 5 riesgos:
- Desempleo involuntario (solo asalariados con contrato indefinido).
- Incapacidad temporal por enfermedad o accidente.
- Hospitalización por cualquier causa.
- Divorcio (solo matrimonios).
- Nacimiento múltiple.
Las coberturas de Desempleo, Incapacidad Temporal y Hospitalización son excluyentes entre sí: según tu situación laboral te corresponde una sola de las tres. Solo se abona un siniestro por anualidad de seguro. Una vez pagada una prestación por cualquiera de las cinco coberturas, no se abona ninguna otra durante esa misma anualidad, aunque corresponda a una cobertura distinta.
¿Cuántos siniestros cubre en un año?
Solo 1 siniestro al año. Una vez pagado uno, no se abona otro en ese año, aunque sea cobertura distinta.
En caso de siniestro puedes contactar al correo siniestros@proteccionpagos.zurich.com.
¿En qué casos me cubre?
DESEMPLEO (PÉRDIDA INVOLUNTARIA DE EMPLEO): Asalariados (hasta los 67 años) con contrato indefinido, que lleven 6 meses continuos en la misma empresa, con una jornada igual o superior a 25h/semana y cotización en Régimen General. Para solicitar el abono de la prestación, debes estar inscrito en el SEPE y percibir la prestación contributiva, no en pago único. Carencia inicial: 2 meses. No cubre funcionarios, desempleo voluntario, despido procedente ni jubilación.
INCAPACIDAD TEMPORAL: Autónomos, contratos temporales, indefinidos con menos de 6 meses de antigüedad y funcionarios (hasta los 67 años). Carencia inicial: 1 mes, o 0 si la causa es accidente. Para poder acceder a la prestación, has de estar mínimo 30 días consecutivos de baja.
HOSPITALIZACIÓN: Personas sin relación laboral por cuenta ajena ni condición de autónomo, y fijos discontinuos en periodos de inactividad. Cobertura por enfermedad hasta los 70 años y por accidente hasta los 100. Carencia inicial: 1 mes, o 0 si la causa es accidente. Para poder acceder a la prestación, has de estar un mínimo de 7 días de ingreso.
DIVORCIO: Solo matrimonios, disueltos por sentencia judicial firme. No hay cobertura si la demanda se registró antes de la fecha de adhesión al seguro. Carencia: 6 meses.
NACIMIENTO MÚLTIPLE: Cualquier asegurado, hasta los 67 años. Carencia: 6 meses.
¿Qué NO cubre este seguro?
- Desempleo voluntario, despido procedente, finalización de contrato temporal y jubilación o prejubilación.
- Enfermedades diagnosticadas o tratadas en los 12 meses anteriores al inicio de la cobertura.
- Enfermedades psiquiátricas y mentales, incluidos el estrés, la ansiedad y la depresión. Dolor lumbar o cervical sin prueba médica objetiva.
- El parto y los permisos de maternidad o paternidad como causa de baja. Siniestros bajo los efectos del alcohol o las drogas. Lesiones derivadas de deportes de riesgo o práctica profesional.
- Divorcios cuya demanda se registró antes de la fecha de efecto.
- Estar percibiendo una pensión de invalidez.
- Terremotos, catástrofes, epidemias y pandemias.
Si soy autónomo ¿Me cubre este tipo de seguro?
✓ Incapacidad, Divorcio, Nacimiento múltiple: SÍ.
✗ Desempleo: NO.
✗ Hospitalización: NO, porque como autónomo te corresponde la cobertura de Incapacidad Temporal.
¿Qué requisitos hay para estar cubierto?
- Ser mayor de edad, con edad entre 18 y 99 años o una edad inferior según se disponga para cada una de las coberturas.
- Tener residencia fiscal en España.
- Ser titular de un contrato activo de Orange en una de las tarifas incluidas en la campaña. La cobertura se activa automáticamente con la tarifa de Fibra 1 línea + Orange TV y Go Ilimitada.
¿Desde cuándo está activo el seguro?
Desde el mismo momento que se te activa la oferta que da acceso a la misma, quedarás adherido a la Póliza de Seguro Colectiva de Protección de Impagos que ha suscrito Orange como Tomador, sin que tengas que abonar una cantidad adicional por el mismo.
¿Tiene permanencia? ¿Cómo me doy de baja?
- No hay permanencia. Puedes comunicar tu deseo de no quedar amparado por el seguro en el plazo de un mes desde la fecha en la que has contratado la oferta Orange que te da acceso al seguro, dirigiéndote a Orange o a Orange Mediación de Seguros.
- Después de ese plazo también puedes utilizar las mismas vías para darte de baja del seguro.
- Además, si cambias de tarifa, finalizas tu contrato con Orange, cambias su titularidad, o impagas el servicio de telecomunicaciones, la cobertura termina en la mensualidad siguiente.
¿Qué se hace en caso de siniestro?
Notifica a Zurich llamando al 911 354 106 o envía la documentación a siniestros@proteccionpagos.zurich.com; Zurich la revisará y realizará el pago en plazos.
La documentación varía según la cobertura (DNI, partes de baja, certificados, sentencias, entre otros).
¿Quién está cubierto por el seguro?
Únicamente quien conste en Orange como titular de las líneas telefónicas asociadas a la oferta. No están cubiertos familiares u otros usuarios del servicio de Orange que no consten como titulares de la oferta de Orange.
¿Qué cantidades me cubre el seguro?
- Se abona un máximo de un siniestro por anualidad, con un límite de 480€ por siniestro.
- Desempleo: se abonan 120€ cuando hayan transcurrido 30 días, 150 días, 270 días y 360 días (total 480€) desde que se inició la situación de desempleo y siempre que se siga manteniendo la misma.
- Incapacidad Temporal: 120€ cuando hayan transcurrido 30 días, 150 días, 270 días y 360 días (total 480€) desde que se inició la constatación médica de la incapacidad y siempre que se siga manteniendo la misma.
- Hospitalización: 120€ cuando hayan transcurrido 7 días, 30 días, 60 días y 90 días (total 480€) desde el inicio de la hospitalización.
- Divorcio: 480€ pago único.
- Nacimiento múltiple: 480€ pago único.
- Además, entre las coberturas de Desempleo, Incapacidad Temporal y Hospitalización se abonará un máximo de 960€ durante toda la vigencia del seguro (este tope no aplica a Divorcio ni a Nacimiento múltiple).
¿Puedo modificar el seguro?
Las coberturas y los importes son los mismos para todos los asegurados de la póliza colectiva y no se pueden modificar de forma individual.
¿Hay período de reflexión o derecho de desistimiento?
Sí, tienes 30 días de desistimiento, sin penalizaciones, con la devolución total, excepto si hay un siniestro declarado.
¿Cómo es el proceso de liquidación en caso de indemnización?
Se realiza una transferencia a tu cuenta bancaria en plazos: a los 30, 150, 270 y 360 días en Desempleo e Incapacidad Temporal, y a los 7, 30, 60 y 90 días en Hospitalización. Cada pago se abona solo si la situación continúa en esa fecha. En Divorcio y nacimiento múltiple el pago es único.
¿Puedo suspender mi cobertura en lugar de darla de baja?
No hay opción de suspensión. Solo desistimiento (30 días) o cancelación. Contacta Zurich para opciones especiales.
¿Qué aseguradora suscribe el Seguro de Protección de Pagos de Orange?
La Póliza Colectiva de seguro es suscrita por ZURICH INSURANCE EUROPE AG, SUCURSAL EN ESPAÑA (en adelante ZURICH o la Entidad Aseguradora), con NIF W0072130H, con domicilio en Paseo de la Castellana, 81, planta 22, 28046 Madrid e inscrita en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con clave administrativa E0189. En lo que respecta a la distribución de la Póliza, Orange Mediación de Seguros S.L.U Agencia de Seguros Vinculada actúa como el Mediador de Seguros por cuenta de Zurich, mientras que Orange Espagne, S.A.U. interviene, como Tomador de la Póliza Colectiva y el titular del servicio de telecomunicaciones de Orange es el Asegurado. El beneficio del seguro de protección de pagos conllevará el acceso por parte de Zurich a los datos del cliente necesarios para la adhesión del cliente a la póliza colectiva del y su mantenimiento.